COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES
COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES
Según lo que establece la normativa vigente en materia de Coordinación de Actividades Empresariales, respecto a cuando en un mismo centro de trabajo realicen actividades laborales los empleados de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa.
Es preciso establecer los medios de coordinación necesarios, en cuanto a protección y prevención de riesgos laborales, además de la información sobre los mismos a sus respectivos trabajadores.
Para la Coordinación de la Actividad Empresarial y el cumplimiento de las obligaciones establecidas, se pueden dar las siguientes situaciones:
- Trabajadores de varias empresas en un mismo centro de trabajo.
- Empleados de varias empresas en un centro de trabajo del que un empresario es titular. Obligación del empresario titular del centro.
- Trabajadores de varias empresas en un centro de trabajo del que un empresario es titular. Obligación de la empresa usuaria del centro de trabajo.
- Empleados de varias empresas en un centro de trabajo cuando existe un empresario principal.
¿Qué actividades realizamos desde ANP en la Coordinación de Actividades Empresariales?
- Elaborar documentos para la información de los riesgos propios del centro de trabajo.
- Solicitar, organizar y custodiar la documentación preventiva de todas las empresas participantes.
- Solicitar las evaluaciones de riesgos.
- Establecer requisitos a cumplir por los trabajadores que vayan a realizar dichas labores profesionales respecto a la información a dar, cualificación y formación mínima con la que deben contar y los requisitos de vigilancia de la salud aplicables.
- Elaborar un sistema de permisos especiales de trabajo, que contemplen que se ha adoptado todas las medidas de prevención y protección necesarias.
- Llevar un registro de los accidentes de trabajo e incidentes que ocurran en las instalaciones.